Gabriel Campillo*
Muchos de los Establecimientos Públicos (Empresas Industriales y Comerciales del Estado o Empresas de Economía Mixta), históricamente han manejado grandes pasivos laborales, por tamaño de operación en el proceso de garantizar prestación de servicios públicos.
Esta circunstancia ha obligado a realizar procesos de tercerización de los denominados out sourcing. Las actividades operacionales de facturación, suspensión, instalación de medidores, básicamente requieren contratación de grueso grupo de técnicos mediante prestación de servicios, que se convierte en lastre por la rigidez y debilidades en la suscripción de estos en el sector público y que en el privado no se tiene. Esto ha conllevado a generar situaciones de conflicto laboral, interrupción del servicio, control operacional de actividades con deficiencias, etc.
Las empresas de servicios públicos adscritos a Entes Territoriales han optado, para viabilizar la situación de postración ocasionado por pasivos laborales y las dificultades técnicas y comerciales, entregar la operación a un tercero, generalmente privado que, dada la flexibilidad operacional del sector privado, genera productividades de trabajo y de capital acordes con estándares exigidos en el mercado.
Con lo afirmado no se quiere manifestar que definitivamente el sector público sea incapaz de prestar este tipo de servicios, obligándose a dejar a terceros la operación. No. Esta dicotomía del manejo de lo público y lo privado fue tema sustantivo de la filosofía política en la era post socrática.
El manejo de lo público y el manejo de lo privado son, pues, tema de la filosofía; desde antes de la era cristiana se debatía y aún no se ha resuelto, pero ha inspirado grandes diálogos y señalamientos desde la democracia hasta la tecnocracia.
EMDUPAR SA ESP, como empresa industrial y comercial del estado, hoy convertida en empresa de economía mixta al capitalizar el pasivo laboral, se enfrenta hoy a exigente plan de gestión establecido por la Superintendencia de Servicios Públicos, previa a posible intervención de no cumplirse con las metas exigidas para sacar a la empresa del estado calamitoso empresarial en que se encuentra
¿Por qué estado calamitoso empresarial? porque se tienen dificultades de gestión administrativa, falencias técnica, operativas y desbalance estructural que preocupa a la Superintendencia, como órgano de control, para garantizar la óptima prestación de servicios públicos domiciliarios con calidad, deber constitucional del Estado.
La actual radiografía de la empresa puesta de manifiesto por el Contralor Municipal, en presentación realizada en audiencia pública de la comisión de moralización, diagnostica: descenso en promedio anual del 12% en ingresos corrientes por facturación de servicios; aumento significativo de cartera por recuperar de más de 64 mil millones de pesos; pérdida de agua sin facturar M3 mayor de 15 millones M3 anuales, situación que representan alrededor de 16 mil millones de pesos en pérdida por no facturar servicio de acueducto y alcantarillado; ineficiencia operativa de no realizar suspensión de servicios por no pago oportuno del consumo; no inversión en capacidad técnica operativa como mantenimiento de manjoles; no instalación de medidores y, en fin, situaciones de gestión gerencial que la hacen inviable.
El planteamiento de la gerencia a Junta Directiva y a Superintendencia en el componente financiero es: compromiso de realización de plan de inversión agresivo ante rezago de más de 200 mil millones de pesos. ¡EMDUPAR ha incumplido! la inversión en año y medio es nula y su propuesta es buscar colaborador empresarial para que realice inversión cercana al 25% del rezago en la presente administración, es decir, invertir 23.000 millones.
La oscura actitud de la Gerencia de enviar fragmentaria información a medios sobre supuesto ‘colaborador empresarial’ como si fuera el empresario más altruista, genera muchas dudas, en tanto el marco legal de actuación es desbordado y no atendido. No se tiene aprobación del CONFIS municipal sobre el 35% que cobra el ‘colaborador empresarial’. No se conoce estudio financiero que arroje ese porcentaje, obligación del artículo 3 Decreto 568 de 1996. No se conoce texto del contrato, vulnerando principio constitucional del artículo 209.
Además, la gerencia no entrega información del real estado financiero y operativo de EMDUPAR. No son transparentes: en sus manos la empresa decayó de acuerdo a información entregada por Contralor Municipal: se producen más de 59 millones de M3, se perdieron más de 15 millones de M3 el año pasado, se realizaron 12.000 suspensiones del servicio y debieron realizar 136.000 en 2016, en primer semestre debieron hacer suspensiones de 79.000 suscriptores y solo realizaron 1.200, en fin, la pérdida de la gestión de EMDUPAR en 2016 fue de más de 16.000 millones, con el agravante de la nula inversión pública para cumplir con plan de gestión suscrito con superintendencia
De llevarse a cabo este ilegal contrato ¿quién asume el costo de la ineficiente área comercial de EMDUPAR? Blanco es, gallina lo pone, frito se come: paga EMDUPAR. Sin embargo de hacer contrato en la modalidad de OUT SOURCING, el tercero tiene el deber de asumir el costo del área comercial (facturación, suspensión, instalación medidores etc.).
Ahora bien, se discute que de no cumplir con plan de gestión exigido por la Superintendencia de Servicios Públicos este órgano de control privatizaría la empresa. Empero, esta facultad no es competencia de la Superintendencia.
Privatizar EMDUPAR es tema complejo en tanto la empresa es viable adoptando criterios empresariales que hasta ahora no se han implementado. La empresa es salvable siempre y cuando se reorganice componente operativo y administrativo que impacten mejoras a estabilidad financiera. Entregar operación comercial a un tercero no es privatizar, es buscar eficiencia operacional y financiera que mejore la estructura administrativa de la empresa.
Las privatizaciones de empresas de servicio público si impactan vía tarifa el bienestar de la comunidad y dado que es el objetivo del Estado garantizar ello, generaría contradicciones en tanto el privado busca rentabilidad privada mientras que el Estado busca rentabilidad social que se mide por el bienestar de los gobernados.
De tercerizar el área comercial implica reorganización o reestructuración de la empresa y ello no implica afectar la tarifa al consumo; significa elevar la productividad del capital de trabajo, componente laboral y componente técnico operativo
La tercerización debe de hacerse…pero en cumplimiento del marco legal, concomitante con reingeniería o reorganización administrativa de EMDUPAR
* Economista especialista en gestión hacienda pública